DOMUNI UNIVERSITAS

Mediación de conflictos

Mediación de conflictos

En ámbitos educativos, comunitarios, familiares, organizacionales y políticos la presencia de un tercero experto es vital para trascender al conflicto. Los métodos de diálogo asistido por un facilitador son muy variados. La propuesta de este curso es compartir iniciar por uno de los orígenes de la mediación moderna y por una de sus escuelas: “Escuela de Harvard”.

Código del curso: MED0001

Profesor: Abogado Juan Pablo Albornoz Kokot

I. Presentación del curso Mediación de conflictos

Pedagogía del curso

El curso:

  •  Brinda aportes teóricos y prácticos sobre la mediacin de conflictos
  • Da herramientas para facilitar conflictos en diferentes ámbitos
  • Sienta las bases y brinda un espacio de reflexión para co-crear un modelo propio de gestión de conflictos 
  • Ofrece una bibliografía general
  • Invita a realizar lecturas personales que ayuden a profundizar y ampliar los contenidos presentados.

Objetivos del curso

  • Que el participante pueda comprender la esencia del ser mediador
  • Lograr metahabilidades en comunicación plurineutral
  • Conocer un método para mediar conflictos
  • Generar curiosidad y entusiasmo en la práctica de la mediación

Foro de consultas

Se ha creado un foro para que puedas plantear dudas e inquietudes al profesor

II. Programa del curso 

1. Introducción

1.2.  Mediación U

1.3   La justicia por el poder de los contendientes

1.4.  Una cuidadosa aproximación al conflicto. Características

 2. La argumentación y el conflicto

2.1  El tratamiento de la entidad conflictual en los ámbitos institucionales tradicionales

2.2  La tópica de Viehweg   

2.3  La nueva retórica de Perelman  

2.4  La Argumentación en MacCormick     

2.5  Jugar el Juego…o no. Conclusiones     

3. El poder de los contendientes

3.1 El poder de los contendientes.

3.2 Dinámicas de poder

3.3 El poder de en los ámbitos institucionales

3.4 Usando bien el poder en la mediación

4.  Mediación U – El proceso

4.1  La definición   

4.2  El proceso de mediación U    

4.3  Co-Inicio

4.4  Co-Detección

4.5  Co-Versión

4.6  Co-Creación

4.7  Co-Evolución

5.  Aplicaciones

5.1  Modo de uso

5.2  De la práctica de la teoría

5.3  El armónico ingreso de un nuevo  paradigma.   Su posibilidad jurídica.

5.4  La práctica de la teoría. La norma.

5.5  Conclusión y Envío   

 

Algo de mi experiencia…


He tenido la oportunidad de recorrer por más de diez años tribunales trabajando como abogado. Me he especializado en Derecho Administrativo, he actuado en la función pública durante más de cinco años en donde he convivido con miles de expedientes, trámites y dictámenes jurídicos. Durante esa navegación (quien la hizo y quien la hace sabe a lo que me refiero) sentía que estaba en la búsqueda de algo.
Los operadores del derecho vivimos con conflictos, en conflictos y del conflicto. En las opiniones, resoluciones y sentencias, en todas las demandas y contestaciones sentía que había algo que faltaba o sobraba. Cuando mi defendido perdía no estaba del todo triste y cuando ganaba no estaba del todo contento. Lo mismo ocurría con las decisiones que debía aconsejar como funcionario. Hoy tengo un poco más claro el fundamento de lo que en ese entonces era un confuso sentimiento: Estaba aportando soluciones a problemas de los que no era parte.
Los organismos del Estado en sus tres poderes clásicos, han procurado dar respuesta a las necesidades de los particulares desde las más variadas formas, filosofías, ideologías y acciones. Desde la legislación, la administración y la justicia se ha buscado y se busca la solución justa.
Los ciudadanos generacionalmente se han acostumbrado a delegar en el Estado importantes decisiones sobre su futuro sin analizar si de alguna manera era posible primero, lograr por sí y para sí soluciones satisfactorias.
La delegación en el Estado de la toma de decisiones que podrían ser personales se traduce en cantidad de presentaciones judiciales y administrativas que generan la necesidad de más operadores, energía, dinero y creatividad para dar respuesta y un digno servicio administrativo-judicial a quienes pagan y reclaman por ello.
Esta tendencia ha producido la burocratización de problemas personales, a veces muy íntimos, con dos consecuencias: Primero, el ocupar a operadores de derecho en intentar dirimir contiendas personales con argumentos técnicos-jurídicos y segundo que sus decisiones, aún cuando sean impecables en técnica y ética, resultan ineficaces para dar solución efectiva a los conflictos. En resumen: La decisión es respuesta y en manera alguna solución.
“Lo declaró el Juez” o “lo dijo el Ministro”. La cuestión, en la actualidad, es saber si el ciudadano de hoy cree efectivamente que la declaración del operador del derecho es, se parece, o por lo menos se acerca a lo que él considera justo y si es posible crear un ámbito en donde esto ocurra.
En la antigüedad los líderes de los que emanaban las órdenes llegaban al poder por la fuerza (armas o dinero) por el carisma o por la familia (herencia-parentesco). Hoy en los más sofisticados sistemas democráticos la cuestión no ha variado mucho. Puede advertirse que existe una sensación de permanente brecha entre la decisión, la justificación de ella y la justicia que se espera. ¿Qué hacer?
En primer lugar propongo no desgastarnos en intentar lograr que los ciudadanos crean más en el Estado. Pues la desconfianza existe no por las personas sino por una fisura lógica que no se soluciona con administradores justos.
Creo que el camino es que el ciudadano crea más en sí mismo. De otra forma nos veremos obligados a crear órganos y órganos de control y órganos de control de órganos de control. No es lo que propongo aquí.
Es posible crear un ámbito de diálogo en donde los ciudadanos tengan la oportunidad de hacer justicia real. Un espacio en el que se pueda llegar al justo buscado. Al suyo de cada uno tan anhelado, de manera personal y con la ayuda de un tercero experto. Y llegar a soluciones mutuamente satisfactorias sin transcurrir por los trayectos administrativos tradicionales ni delegar en un tercero decisiones personales sin modificar las estructuras actuales de los organismos públicos. Esta idea es aplicable a todo trámite que tenga a dos partes contendiendo o que manifiesten posiciones opuestas.